2. El patrón adoptará las medidas necesarias para respaldar que, con carácter previo al inicio de su actividad, los trabajadores a que se refiere el apartado precedente reciban información acerca de los riesgos a los que vayan a estar expuestos, en particular en lo relativo a la pobreza de cualificaciones https://seguridadlaboral72814.blogars.com/33274107/indicadores-sobre-gestión-de-riesgos-que-debe-saber